El arbitraje y los procesos judiciales son los principales medios de solución de controversias en el mercado. Ambos comparten elementos en común, pero a la vez grandes diferencias. Esto hace que las personas naturales o empresas deban valorar adecuadamente las ventajas y desventajas de ambos mecanismos, a fin de inclinarse por la solución que mejor se acomode a sus intereses.
Ahora bien, actualmente, el Perú es uno de los países líder en arbitraje en el mundo; debido a la cantidad de arbitrajes realizados, la constante actualización de nuestra práctica arbitral y por la aceptación que ha tenido en el mercado. Además, se ha implementado en otras áreas distintas a lo comercial, como en solución de controversias en contrataciones públicas. Ello como respuesta a la desconfianza en el Poder Judicial, su impredictibilidad y la extensa duración de sus procesos.
Al respecto, Gustavo Miró Quesada, socio del Estudio Miró Quesada & Miranda, comenta: “Se conoce que los plazos para obtener una sentencia firme son largos entre 6 y 10 años, principalmente por la gran carga procesal de los juzgados. Mientras que, el proceso arbitral dura un periodo de entre 12 a 24 meses, aproximadamente”.
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En línea con ello, el especialista del Estudio Miró Quesada & Miranda, detalla cinco beneficios que caracterizan al arbitraje frente al proceso judicial:
- Consensual: Un arbitraje únicamente puede tener lugar si ambas partes lo han acordado. Una vez que se acordó ello, una de las partes no puede negarse a participar del arbitraje o retirarse unilateralmente del proceso. De hacerlo, el arbitraje seguirá su curso y los árbitros tomarán las medidas para garantizar su efectividad.
- Elección de árbitros / Especialización: Normalmente, cada una de las partes nombra un árbitro y estos, a su vez, escogerán a un tercer árbitro (Presidente). Ello es importante considerando que muchos arbitrajes requieren árbitros especializados en la materia y/o un entendimiento comercial profundo del objeto de la disputa.
En cambio, en un proceso judicial, ninguna de las partes puede decidir qué juez se hará cargo del proceso.
- Confidencialidad: Si bien el mercado está empezando a inclinarse por la transparencia, en el arbitraje predomina la confidencialidad. En consecuencia, a diferencia de la jurisdicción ordinaria, las partes que lo necesiten podrán mantener sus controversias en confidencialidad por un tiempo considerable.
- Costos / duración: El arbitraje tiene un costo que varía de acuerdo a la suma económica de la controversia y a la complejidad del caso. En los honorarios arbitrales se tiene en cuenta el carácter internacional de los árbitros, la complejidad del tema, y el tiempo dedicado por los árbitros.
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Por lo tanto, el arbitraje usualmente será más costoso que la jurisdicción ordinaria. Sin embargo, la duración de un arbitraje es mucho menor y la especialización de los árbitros hace más probable que su decisión sea correcta y justa.
- Es definitivo y fácil de ejecutar: Los laudos arbitrales tienen un altísimo grado de cumplimiento por las partes. La resolución de la controversia se da en instancia única y no es susceptible de apelación.
Por otro lado, el sistema judicial contempla la doble instancia, con lo cual, toda sentencia puede ser apelada y una segunda instancia evaluará nuevamente las pruebas y argumentos de las partes para confirmar, modificar o revocar la decisión anterior.
Para finalizar, el doctor Miró Quesada, hace hincapié en la importancia de incorporar un convenio arbitral en los contratos, ya sea entre empresas privadas, entidades públicas o personas naturales; ya que, de producirse una controversia, las partes podrán encontrar una solución más rápida, justa y eficiente a su controversia.
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