La resolución genera cambios en la metodología para calcular el ISC.
La resolución genera cambios en la metodología para calcular el ISC.

Los precios de la cerveza, bebidas alcohólicas, cigarrillos y combustibles serían más vulnerables a incrementarse cada año, pues el (MEF) podrá actualizar de manera anual el Impuesto Selectivo al Consumo que debe pagar cada producto, siempre que estos presenten una inflación superior a 1%.

Este y otros cambios vinculados con la metodología para calcular los montos fijos del Sistema Específico del. Tales montos fijos, vale aclarar, son aquellos con los que se grava a los productos mencionados, tal como sucede con la cerveza, que paga S/2.25 por litro. Estas modificaciones fueron establecidas por el Gobierno a través de una resolución ministerial.

Al respecto, el MEF resalta que la medida “perfecciona la aplicación del impuesto sobre los productos gravados” y que el ISC, “además de tener un fin recaudatorio, es un importante instrumento tributario que coadyuva a combatir externalidades negativas sobre la salud de la población y el medio ambiente”. Sin embargo, para el abogado tributarista Jorge Picón, los cambios apuntarían solo a incrementar la recaudación.

¿SERÁ CONSTITUCIONAL?

Un cambio que critica Picón es que en el futuro los montos fijos pasarán a calcularse considerando la inflación de cada bien y no contemplando el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

“Por ejemplo, cuando hablan de cerveza, tendrían que tener en cuenta que se venden cervezas importadas y artesanales que son mucho más caras que las industriales. Entonces, podría suceder que el IPC por producto dé montos muy diferentes (…). No están subiendo el ISC, pero están cambiando la fórmula”, sostiene. Otra objeción de Picón es que el fin de aumentar la recaudación mediante el ISC no sería sostenible.

En esto coincide el experto en derecho tributario César Luna Victoria: “El incremento de recaudación sostenible en el tiempo es a través del Impuesto a la Renta o el Impuesto General a las Ventas”. Sin embargo, su mayor preocupación es que se establezcan criterios que permitirían al MEF ajustar el impuesto sin necesidad de tener la aprobación del Congreso.

“Esto podría parecer inconstitucional porque los tributos solo se pueden establecer por una ley aprobada en el o por decretos legislativos autorizados mediante facultades delegadas por el Poder Legislativo (…). Creo que lo que se está haciendo con esta resolución es delegarse facultades para, a través de decretos, ir modificando (el Impuesto Selectivo) y eso me parece mal”, advierte Luna Victoria.


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