Locales deberán registrarse ante el Minsa en un plazo máximo de 30 días luego de su constitución. (USI)
Locales deberán registrarse ante el Minsa en un plazo máximo de 30 días luego de su constitución. (USI)

Redacción PERÚ21

redaccionp21@peru21.pe

El (Minsa) publicó el Decreto Supremo 006-2012-SA que regula el funcionamiento de las comunidades terapéuticas, el cual dispone que dichos establecimientos cuenten con un profesional de la salud como director general y un equipo multidisciplinario para el tratamiento de los internos.

Asimismo, establece un plazo de 30 días calendario para que una vez constituidos estos locales se registren ante la autoridad de salud.

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, señala en su artículo 6 que una vez constituidas las comunidades terapéuticas, los responsables de estas deben inscribirse en la web del , donde obtendrán un código provisional. La inscripción tendrá carácter de declaración jurada.

Posteriormente, se presentará ante la autoridad del sector salud de la jurisdicción la documentación que sustente los datos registrados en el Registro Nacional de Comunidades Terapéuticas.

"La autoridad sanitaria correspondiente verificará la autenticidad del contenido de dicha declaración, procediendo a realizar su registro y generando un código único del prestador, con lo cual quedará registrada la comunidad terapéutica", señala la disposición.

Entre la documentación que deben presentar las comunidades están la copia autenticada de testimonio de escritura pública de constitución, copia simple de ficha de RUC, constancia de zonificación otorgada por el municipio, copia autenticada del título de propiedad, manual de procedimientos, relación del personal, entre otros.

El reglamento de la Ley 29765, que entrará en vigencia a partir de mañana, dispone garantizar la calidad de las prestaciones, así como los mecanismos para la verificación, control y evaluación del cumplimiento del reglamento.