Condenan a mineros informales. (Difusión)
Condenan a mineros informales. (Difusión)

Redacción PERÚ21

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El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata dictó la primera sentencia contra mineros informales por el delito de deforestación y condenó a tres años de prisión efectiva a Gasmi Navarrete Ninantay y Leoncio Rodríguez Coto por los daños que su ilegal actividad causó en más de 2,500 metros cuadrados de la reserva nacional Tambopata, en la región de .

Dicho juzgado, que también ordenó el pago S/.3,000 de reparación civil a favor del Estado peruano, declaró reo contumaz a Rodríguez por no presentarse al juicio oral de este proceso.

Según indica la imputación, personal de la Policía y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado () halló a varios mineros informales en el sector Alto Malinowski, ámbito de la reserva, que reconocieron haber deforestado el área indicada.

Tras ser intervenidos, los infractores fueron denunciados ante la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Tambopata y se les abrió proceso penal por el delito de depredación de bosques dentro de un área natural protegida.

Cabe precisar que la tala de árboles en un área natural protegida es una actividad ilegal tipificada como delito grave y los infractores podrían ser reprimidos con penas privativas de libertad.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que toda intervención realizada por las autoridades del Sernanp en las áreas naturales protegidas se efectúa en el marco de su facultad sancionadora, así como de protección y conservación de los recursos naturales que se encuentran bajo la tutela del Estado.