El Supremo Tribunal despenalizó la posesión de marihuana para consumo personal y estableció la cantidad máxima.
El Supremo Tribunal despenalizó la posesión de marihuana para consumo personal y estableció la cantidad máxima.

El debate duró nueve años. Finalmente, decidió despenalizar el consumo de marihuana. Se trata del país más poblado (203 millones) entre los que han dado ese paso.

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Los magistrados fijaron en 40 gramos de hierba (suficiente para 80 porros) o seis plantas hembra el umbral para diferenciar a un consumidor de un traficante.

La ley de drogas vigente dejaba esa crucial distinción en manos de jueces, fiscales y policías. El nuevo criterio abre la puerta a la revisión de miles de condenas, según los jueces.

Brasil se suma así a una veintena larga de países como Holanda, la pionera en los setenta, Colombia, México, Italia o Alemania que permiten el consumo. Uruguay en 2013 legalizó su uso.

La decisión de la máxima corte brasileña significa que, si una persona es detenida con menos de 40 gramos de cannabis, no será fichada, ni tendrá antecedentes salvo que existan otros indicios, como una balanza o un listado de domicilios, que indiquen que la mercancía es para la venta.

De acuerdo con la resolución, la Policía deberá “justificar exhaustivamente” sus motivos para descartar la presunción de que una persona tenga marihuana solo para su consumo.

En otro escenario, alguien que sea encontrado con más de 40 gramos de cannabis podría evitar ser sancionado por la vía penal si aporta pruebas de que únicamente es consumidor.

La legislación actual en el país data desde el 2006, siendo cuestionada con frecuencia por expertos debido a su imprecisión. Esto provocaba que la mayoría de las personas en prisión preventiva y los condenados por tráfico de drogas fueran infractores por primera vez, llevando con ellos cantidades pequeñas de sustancias ilícitas sin armas ni pruebas de tener relación alguna con el crimen organizado.

El diario Folha de Sao Paulo detalla que ya existe la interpretación de que la tenencia para uso personal no es delito, sino una infracción, sin generar efectos penales.

El resultado oficial del juicio -reseña- fue proclamado este miércoles por el presidente de la corte, Luís Roberto Barroso.

En la tesis final aprobada en el pleno, se definió que “no comete infracción penal quien adquiera, guarde, tenga en depósito, transporte o traiga consigo, para consumo personal, la sustancia cannabis sativa”.

El desafío del Congreso

El asunto es muy controvertido en Brasil, donde organizaciones conservadoras se oponen fervientemente a despenalizar las drogas y una iniciativa contraria a la decisión del Supremo avanza paralelamente en el Congreso.

El Senado, de mayoría conservadora, aprobó en abril un proyecto que introduce en la Constitución el delito de posesión de drogas sin importar la cantidad.

La enmienda debe ir ahora a debate en la Cámara de Diputados.

Tras la votación de la corte, el presidente del Senado, Rodrigo Pacheco, criticó una “invasión de competencias”.

Miles de personas marcharon este mes en Sao Paulo contra ese proyecto y a favor de la despenalización del cannabis.

En Brasil, la marihuana para uso médico también sigue siendo un tema delicado y muchos pacientes han tenido que acudir a los tribunales para obtener el derecho a utilizar el ingrediente activo cannabidiol, o CBD, para el tratamiento de enfermedades como la epilepsia.

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