DEBIDO PROCESO. Congresistas afirman que Diez Canseco sí se defendió en Ética y en el Pleno. (Perú21)
DEBIDO PROCESO. Congresistas afirman que Diez Canseco sí se defendió en Ética y en el Pleno. (Perú21)

Redacción PERÚ21

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Las voces de rechazo al fallo del juez Hugo Velásquez Zavaleta, quien anuló la sanción que se le impuso al congresista Javier Diez Canseco por haber presentado un proyecto de ley que beneficiaba a su familia, no se hicieron esperar. Aunque la notificación oficial todavía no llegaba al Parlamento, el congresista Humberto Lay, titular de la Comisión de Ética, adelantó que el procurador apelará dicha decisión.

También expresó su preocupación por la interferencia del Poder Judicial en una decisión interna del Congreso, y criticó que el juez haya aplicado principios del Derecho penal y administrativo en un tema eminentemente ético.

El pastor Lay estimó que si la sentencia del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima se mantiene, "el trabajo de la Comisión de Ética, que tiene como objetivo mantener la imagen del Congreso, se vendría abajo. Ya no podríamos trabajar".

Por su parte, Víctor A. García Belaunde advirtió que si la sanción a Diez Canseco se corrige mediante un recurso de amparo se sentaría un pésimo precedente, pues otros congresistas sancionados –léase 'Robacable', 'Comeoro' y otros– podrían ser absueltos con el mismo criterio.

El representante acciopopulista recordó, además, que la suspensión no la aprobó la Comisión de Ética sino el Pleno, y el voto de los congresistas, aunque esté equivocado, no está sujeto a juzgamientos, investigaciones ni interpretaciones. "No puede haber jueces que le ordenen a un congresista cambiar su voto. Eso es inaceptable", enfatizó.

Incluso el oficialista Santiago Gastañaduí opinó que el juez Velásquez se excedió en sus funciones porque el Parlamento no vulneró el derecho a la defensa de Diez Canseco porque este sí tuvo la oportunidad de defenderse tanto en Ética como en el Pleno.

APLICACIÓN INMEDIATAA diferencia de los parlamentarios, el magistrado del Tribunal Constitucional Carlos Mesía señaló que el fallo judicial se tiene que acatar sin dilaciones, al margen de la apelación que se pretenda presentar.

"La sentencia es de ejecución inmediata de acuerdo con el artículo 22 del Código Procesal Constitucional. La presentación de las apelaciones no entorpecen la ejecución de la sentencia. Lo único que debe hacer el presidente del Congreso es emitir una resolución allanándose al fallo", explicó.

Víctor Isla, titular del Legislativo, en tanto, no quiso pronunciarse sobre este caso alegando que no había ninguna comunicación oficial del Poder Judicial

TENGA EN CUENTA

- El juez que resolvió el caso es Hugo Velásquez y no Ivette Osorio como estaba señalado ayer en el portal del Poder Judicial.

- Velásquez fue quien ordenó al CNM que vuelva a votar la candidatura de César Hinostroza –hoy acusado de plagio– para el cargo de fiscal supremo

- Este magistrado también ha sido criticado por fallos cuestionables en los casos del camal de Yerbateros y de la azucarera Andahuasi.