La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional revocó la resolución de primera instancia que declaró infundado el requerimiento del Ministerio Público de variar las reglas de conducta a Nadine Heredia Alarcón, quien actualmente afronta juicio oral por delito de lavado de activos.

El tribunal resolvió reformar la regla de conducta de “no ausentarse del lugar de residencia ni variar de domicilio, sin previo aviso a la autoridad fiscal y judicial”, por “la obligación de no ausentarse del lugar de residencia y variar de domicilio, sin previa autorización judicial.”

En la resolución se indica que si bien se impuso inicialmente la obligación de no cambiar de residencia, el acto de “avisar” no cumple con la finalidad de prevenir un eventual peligro de fuga de la esposa del expresidente Ollanta Humala.

La Sala declaró infundado el extremo del recurso de apelación que buscaba revocar la resolución de primera instancia para que se imponga a Heredia Alarcón la “regla de conducta de no salir del país, sin previa autorización judicial”.

Es importante señalar que la obligación de no salir del país sin previa autorización judicial tiene relación con el impedimento de salida, sin embargo esta figura no ha sido invocada por el Ministerio Público.

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