6 DE MARZO. Ese día fue aprobada la ley con 91 votos. (Foto: Perú21/MotorolaG100)
6 DE MARZO. Ese día fue aprobada la ley con 91 votos. (Foto: Perú21/MotorolaG100)

Con la publicación de ayer en el diario oficial El Peruano, la ley de reforma constitucional que restablece la bicameralidad parlamentaria quedó lista para entrar en vigencia a partir de las próximas elecciones de 2026. Esto quiere decir que estará conformado por la Cámara de Senadores, con 60 integrantes, y la de Diputados, con 130 miembros.

MIRA: Conoce cuáles son los requisitos para ser senador y diputado

La reforma fue aprobada por el Parlamento el 6 de marzo último, con 91 votos a favor, en segunda votación. Para su implementación se han reformado 53 artículos de la Constitución. No obstante, las modificaciones a los artículos de la Carta Magna también corresponden a aspectos de terminología. Es decir, en artículos donde se menciona la palabra “congresista” se cambió ese término por “diputado” o “senador”.

Por ejemplo, en el artículo 39 se menciona: “Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los representantes al Congreso...”. En cambio, tras la reforma, el mismo artículo ahora señala: “Todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El presidente de la República tiene la más alta jerarquía en el servicio a la Nación y, en ese orden, los senadores y diputados...”.

NO TENDRÁ MÁS PODER

Estas modificaciones no han otorgado mayor poder al Congreso, según expertos, sino que, las atribuciones con las que cuenta actualmente estarán divididas entre las dos cámaras. Por ejemplo, actualmente el Congreso formula leyes y, a su vez, se encarga de designar a los miembros del Tribunal Constitucional, directores del Banco Central, defensor del Pueblo. En cambio, con la bicameralidad, estas funciones serán encargadas a distintas cámaras.

SABÍA QUE

-Los congresistas actuales podrán postular al Senado. Los requisitos son: ser peruano de nacimiento, haber cumplido 45 años de edad al momento de postular y haber sido congresista o diputado.

-Para ser diputado será obligatorio ser peruano de nacimiento y tener como mínimo 25 años de edad.


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